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La "Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer" (Resolución de la Asamblea General48/104, ONU, 1994) es el primer instrumento internacional de derechos humanos dedicado íntegramente a este problema y constituye a día de hoy un referente clave e internacionalmente reconocido en el análisis y abordaje de esta cuestión. Esta Declaración aporta, entre otras cosas, una definición de lo que es violencia contra las mujeres que suscita un amplio consenso y según la cual se define como:

"todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada".

Esta violencia incluye:

"la violencia física, sexual y psicológica en la familia, incluidos los golpes, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital y otras prácticas tradicionales que atentan contra la mujer, la violencia ejercida por personas distintas del marido y la violencia relacionada con la explotación; la violencia física, sexual y psicológica al nivel de la comunidad en general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el hostigamiento y la intimidación sexual en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros ámbitos, el tráfico de mujeres y la prostitución forzada; y la violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra".

Durante el Foro Mundial de Mujeres contra la Violencia, celebrado en noviembre de 2000 en Valencia, Noeleen Heyzer (2000), entonces directora ejecutiva de UNIFEM, señaló que, además de por otras razones (como su consideración explícita en el marco de los Derechos Humanos o un análisis causal basado en las relaciones de género), esta Declaración había marcado un hito histórico al ampliar el concepto de violencia contra las mujeres, incluyendo tanto la violencia física, psicológica o sexual, como las amenazas de sufrirla y tanto en el contexto familiar, como de la comunidad o del estado. De este modo, las diferentes formas de violencia contra las mujeres en los diferentes contextos quedaban clara y explícitamente incluidas en una definición, que se constituía así como marco general para su análisis.

Sobre la base de esta definición, la mayoría de la literatura sobre el tema coincide en señalar que la violencia contra las mujeres adopta una de las tres formas principales señaladas (violencia física, psicológica o sexual), si bien pueden añadirse a éstas otras formas o tipos de violencia (Barragán, 2006; Consejo de Europa, 1997; Chillida, Gomariz y Soleto, 2007).

Cuadro 6.1. Tipos de violencia contra las mujeres.

Tipo de violencia Características Ejemplos
Violencia física Toda acción realizada voluntariamente que provoque o pueda provocar daños o lesiones físicas en las mujeres que la padecen. Incluye el uso de la fuerza física o de objetos para atentar contra su integridad física y/o su vida. Empujones, tirones de pelo, bofetadas, golpes, patadas, pellizcos, mordiscos, mutilación genital, tortura, asesinato.
Violencia sexual Cualquier atentado contra la libertad sexual de la mujer que afecte a su integridad física o afectiva por el que se la obligue contra su voluntad a soportar actos de naturaleza sexual o a realizarlos, prevaliéndose de una situación de poder, empleando engaños, coacciones, amenazas o el uso de la fuerza. Bromas, expresiones groseras, comentarios desagradables, llamadas telefónicas obscenas, propuestas sexuales indeseables, forzarla a ver pornografía, cualquier acto o relación sexual no consentida por la mujer (acoso, violación incesto), cualquier relación o acto sexual que la mujer considere humillante o dolorosa, la obligación de prostituirse.
Violencia psicológica Acción, normalmente de carácter verbal, que provoca o puede provocar daño psicológico en las mujeres actuando sobre su capacidad de decisión. Incluye el empleo de mecanismos de control y comunicación que atentan contra su integridad psicológica, su bienestar, su autoestima o su consideración, tanto pública como privada, ante las demás personas. Despreciar lo que hace o dice, hacer que se sienta culpable, tratarla como si fuera u na esclava, hacer comentarios desatentos sobre su físico, humillarla o denigrada en público o en privado, crearle mala reputación, obligarla a rendir cuentas sobre sus relaciones o contactos con otras personas, obligarla a romper sus amistades, prohibirle hablar con personas del otro sexo, mastrar celos de sus amistades, limitar su espacio vital o no respetarlo, bromas y chistes machistas o de contenido denigrante, infravaloración de sus aportaciones o ejecuciones, insultos públicos o privados, amenazas e intimidación, chantaje emocional, amenazas de suicidio de la pareja si manifiesta su deseo de separarse.
Violencia económica Desigualdad en el acceso a los recursos económicos y las propiedades compartidas. Negarle y/o controlar su acceso al dinero propio de ella o común, generar dependencia económica, impedir que acceda a un puesto de trabajo (y/o que disponga de sus ganancias), a la educación o a la salud, negarle los derechos de propiedad.
Violencia estructural Barreras intangibles e invisibles que impiden el acceso de las mujeres a los derechos básicos. Negarle la información inherente a sus derechos fundamentales, ejercer relaciones de poder que la impiden acceder a o que la mantienen subordinada en centros educativos, de decisión o de trabajo.
Violencia espiritual Destrucción de las creencias culturales o religiosas de las mujeres. Ridiculización de sus creencias culturales o religiosas o imposición de un sistema de creencias ajeno al propio.
Violencia política Uso de un doble código por el que se legitima alguna forma o expresión de violencia mientras se lucha contra otras formas de ésta; también la omisión de actuaciones contra la violencia constituye una forma de violencia. Ausencia o desarrollo insuficiente de políticas de igualdad de oportunidades (a nivel educativo, legislativo o judicial), ausencia de programas de prevención y/o intervención sobre la violencia contra las mujeres.
Violencia simbólica Se refiere a persistencia de los mecanismos socializadores del patriarcado por los que se perpetúan los roles y la ideología de género tradicionales. lnvisibilización de las mujeres en los textos, el cine o la publicidad, o su reproducción desarrollando sólo aquellos roles considerados tradicionalmente como propios de ellas, perpetuación de los estereotipos sexistas en los textos, el cine o la publicidad.
Violencia social Atribuir un menor valor a la posición social de las mujeres. Acciones que desvalorizan la imagen de las mujeres, les adjudican estereotipos tradicionales de género que condicionan su posición social o les niegan la identidad y el valor personal.

Por otra parte, y también como consecuencia de la definición de la ONU, se considera que la violencia contra las mujeres no sólo adopta o puede adoptar diferentes formas, si no que se da o puede darse en distintos contextos (Heyzer, 2000).

Cuadro 6.2. Contextos de la violencia contra las mujeres

  1. Violencia en la familia (violencia doméstica)
    1. Violencia en las relaciones de pareja
    2. Violencia en las relaciones de noviazgo
  2. Violencia en los conflictos armados
  3. Violencia en la sociedad
    1. Agresiones sexuales
    2. Explotación y tráfico de mujeres
      1. Con fines sexuales
      2. Con otros fines
  4. Violencia en el ámbito laboral
    1. Acoso sexual
    2. Bullying / mobbing
  5. Violencia en los medios de comunicación
    1. Explícita
      1. Pornografía
      2. Violencia física
      3. Representaciones de violación o de esclavitud sexual
      4. Utilización de mujeres y niñas como objetos sexuales
    2. Implícita
      1. Estereotipos sexistas (imagen de la mujer: como objeto sexual, ama de casa, "estándar de belleza inalcanzable" ... )
  6. Violencia institucional (perpetrada o tolerada por el estado)
    1. Física
    2. Emocional
    3. Sexual
    4. Aborto o esterilización forzada
  7. Violencia en las tradiciones culturales
    1. Mutilación genital femenina
    2. Matrimonios precoces
    3. Crímenes por honor
    4. Crímenes por la dote
    5. Ejecuciones extrajudiciales
    6. Agresiones con ácido

Según la diferenciación recogida en el cuadro anterior, en este contexto se producen básicamente dos formas de violencia (esto es, en las relaciones de pareja y en las relaciones de noviazgo), ambas muy frecuentes, tanto en nuestro país como en general.

Conviene no olvidar en ningún momento que, aunque puedan ser menos frecuentes en nuestro entorno, la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar no se agota en absoluto con estos dos ejemplos si no que abarca otras muchas formas. Así, y tomando como referencia la diferenciación que propone la Organización Mundial de la Salud (1998a, 1998b) y que las relaciona con su probabilidad de ocurrencia a lo largo del ciclo vital, también el aborto selectivo y el infanticidio femenino, el incesto, los matrimonios de niñas, la mutilación genital femenina, el abuso y los homicidios relacionados con la dote o los homicidios y suicidios "por honor" son formas de violencia contra las mujeres que ocurren en el seno de la familia. Es decir, tanto lo que en el cuadro anterior se ha presentado como violencia sexual, como lo que se ha denominado violencia en las tradiciones culturales y aún otras formas de violencia contra las mujeres se dan o pueden darse en el contexto familiar.

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